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diciembre 19, 2006
CAUSAS DE JUSTIFICACION
(XVIII - XXV)

Causas de justificación: Condiciones que tienen el poder de excluir la antijuricidad de una conducta tipica. Resultan conforme al derecho (anulan el delito) (son objetivas en razones de que recaen en el hecho)

Jimenez de Azua: No hay delito
Edmundo Mezger: Para excluir la antijuricidad

  • Ausencia de interes
  • Interes preponderante
Exceso: Cuando el sujeto rebasa los limites de conducta legitimada por una justificante. Emerge la ilicitud.

CAUSAS DE JUSTIFICACION
  1. Legitima defensa
  2. Estado de Necesidad (en razón del interes preponderante)
  3. Cumplimiento de un deber
  4. Ejercicio de un derecho
  5. Consentimiento del bien jurídico afectado
LEGITIMA DEFENSA

Cuello Calón: Es necesario apra rechazar una agresión actual o inminente e injusta* Mediante un acto que lesione bienes jurídicos del agresor.
* Presisa que sea antijurídica
"Repulsa de una agresión antijurídica y actual o inminente por el atacado o por terceras personas contra el agresor, sin trasportar la medida necesaria para la protección"

FUNDAMENTOS DE LA LEGITIMA DEFENSA

  1. Derecho cronico: Repeler fuerza con fuerza
  2. Escuela clásica: Por necesidad
  3. Positivistas:Es un acto de justicia social
  4. Hegel:Es para anular la injusticia
  5. Jimenez de Azua:Es interes del agradecido

La Legitima defensa es juris tantum (admites pruebas al contrario) No hay causa de justificación:
  • Riña y legitima defensa
  • exceso
  • legitima defensa recíproca
  • Legitima defensa del inimputable
  • legitima defensa contra inimputables

ESTADO DE NECESIDAD

Cuello calón:Es el peligro actual o inmediato para bienes jurídicamente protegidos que sólo puede evitarse mediante la lesión de bienes también jurídicamente protegidos, pertenecientes a otra persona.

(cobra vigor el principio de interes preponderante
Si el sacrificado es un bien protegido de menor valía es causa de justificación. Si el bien lesionado es el de menor valia que el salvado, es delito; Si los bienes son equivalentes, el delito no existe)

ELEMENTOS DEL ESTADO DE NECESIDAD
  1. situación de peligro real, actual o inminente
  2. el peligro haya sido ocasionado intensionalmente por el agente
  3. que la amenaza recaiga sobre un bien juridicamente protegido
  4. que no haya otro medio practicable y menos perjudicial
DIFERENCIAS CON LA LEGITIMA DEFENSA (carrancá y trujillo)

ESTADO DE NECESIDAD

LEGITIMA DEFENSA

Acción o ataque

(ataque legitimado)

Reacción contra el ataque

(contra ataque)

Lesiona bienes de un

Inocente

Lesiona bienes de un

Agresor

Sin Agresión

Hay Agresión

Conflicto entre intereses

Lucha entre un interés

Legitimo (agresión)

Y otro ilícito (reacción)


Casos especificos del Estado de Necesidad:
  • Aborto terapeutico
  • Robo de Famelico
CUMPLIMIENTO DE UN DEBER Y EJERCICIO DE UN DERECHO
  1. Homicidio y lesiones en un deporte
    • se actua en ejercicio de un derecho consedido por el Estado
  2. Lesiones inferidas en el ejercicio de corregir
    • Por quieres ejercen patria potestad, tutela, padres, que tarden en sanar 15 días y no pongan en peligro la vida
  3. Lesiones consecutivas de tratamiento Medico-quirurgicos
    • Gonzalez Vega: Se obra en Estado de Necesidad Para evitar un mal MAYOR.
    • Cobra valor el interes preponderante.
CONSENTIMIENTO DEL INTERESADO

Se actua con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado
Requisitos:
  • El bien jurídico sea disponible
  • Capacidad jurídica del titular del bien para que libremente disponga
  • el consentimiento sea expreso o tácito sin vicio



CM.M [ 11:02:00 p.m. ]